CEMENTERIO MUNICIPAL

 

DIRECCIÓN SAN CARLOS

TOMAS YAVAR Nº 0161 - FONO: 42 - 2411797

Horario de Atención:

Lunes a Viernes

08:30 a 13:30 hrs. y de 14:30 a 18:00 hrs.

Sábado

09:00 a 12:30 hrs.

El Recinto Atiende en Horario Continuado de Lunes a Domingo de : 09:00 a 18:00 hrs.


DIRECCIÓN CACHAPOAL

KM. 26 CAMINO SAN CARLOS SAN FABIAN.

Horario de Atención:

Lunes a Domingo

09:00 a 12:30 hrs. y de 14:00 a 18:00 hrs.


TRAMITES EN CASO DE FALLECIMIENTO

La Administración del Cementerio Municipal elaboró este documento para orientar a las personas que deben enfrentar el difícil momento del fallecimiento de alguien cercano.

  1. Solicitar Certificado de defunción al médico tratante

  2. Inscribir la defunción en el Registro Civil correspondiente al lugar del deceso, paro lo que se necesita: Certificado de Defunción otorgado por el médico tratante, Cédula de Identidad del cónyuge sobreviviente (si corresponde) y Libreta de Matrimonio

  3. Al realizar la inhumación en otra comuna debe tener Autorización de Sepultación del Registro Civil del lugar donde ocurrió el deceso, luego tramitar en el Servicio de Salud Resolución de Traslado. Con estos documentos debe dirigirse al Registro Civil del lugar donde se realizará la inhumación para legalizar la Autorización de Sepultación.

  4. Antes de realizar los trámites en el Cementerio; se recomienda que en caso de solicitar hora de ceremonia religiosa, hacerlo procurando que no sea antes de las 11:00 hrs. en la mañana y no sea después de las 16:30 hrs. en la tarde. De no ser posible acordar hora de llegada en la Administración del Cementerio.

  5. Para realizar trámites de inhumación en el Cementerio Municipal se debe presentar; Pase de Sepultación (legalizado si es de otra comuna, además de la Resolución de traslado), Cédula de Identidad del fallecido y cónyuge, además de la Libreta de Matrimonio. Si el fallecido fuese soltero debe presentar Documento de familiaridad e identificación del familiar más cercano.

  6. Toda inhumación se debe realizar posterior a las 24 horas de ocurrido el deceso (Art. 46 de Ley 4808 de Registro Civil) y antes de las 48 horas (Art. 48 Código Sanitario Reglamento Gral. de Cementerios), salvo cuando la autoridad judicial o el Servicio Nacional de Salud ordene o disponga lo contrario. (Servicio de Salud Ñuble ubicado en Purén 601, 2º piso, Chillán, fonos: 235633 - 235649, horario de atención Lunes a Viernes de 8:30 a 14:30 hrs.)

  7. Las urnas deben estar herméticamente cerradas al momento de la inhumación. Se exceptúan de lo exigido por el Art. 51 del Código Sanitario Reglamento General de Cementerios, aquellas realizadas en tierra.

  8. Al realizar inhumaciones  en Sepulturas familiares se debe acreditar propiedad y certificar familiaridad con los propietarios fundadores, además del nombre y fecha de fallecimiento de la última inhumación efectuada en la sepultura.